El Ministerio Público completó la calificación de los hechos. El martes pedirá las penas para los 23 imputados.
El juicio por el Cirucito Camps entra en su etapa decisiva
Por Pablo Roesler
Corresponsal de Tiempo Argentino
Con la descripción del robo de seis bebés durante la dictadura, su desaparición forzada junto con otra beba nacida en cautiverio y el asesinato de cinco personas durante el ataque a la casa de la calle 30 donde funcionaba una imprenta de la organización política Montoneros, la fiscalía federal completó la calificación de los hechos en su alegato en el juicio por los crímenes cometidos en los centros clandestinos del Circuito Camps. La de ayer fue la tercera audiencia consecutiva que los fiscales federales utilizaron para alegar y se espera que culminen el martes próximo con los pedidos de pena para los 23 represores imputados.
"La separación de un niño de su familia constituye un menoscabo a su libertad", citó el fiscal Hernán Schapiro la Convención sobre los Derechos del Niño, durante el alegato que realizó junto al otro representante del ministerio público, Gerardo Fernández, en el juicio que el Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nº1 de La Plata realiza por los crímenes cometidos contra 280 víctimas.
Para circunscribir las apropiaciones, los fiscales se refirieron a la sentencia del 17 de septiembre pasado en la causa por el plan sistemático de robo de bebés, y calificaron como "una práctica generalizada y sistemática" a las apropiaciones de Ana Libertad Baratti De la Cuadra, Clara Anahí Mariani, Leonardo Fossatti, María Eugenia Gatica Caracoche, José Sabino Abdala y Pedro Nadal. Explicaron que esos hechos se inscriben en la figura de desaparición forzada de personas, por la continuidad que ese el delito tiene hasta la restitución de la verdadera identidad. También incluyeron en esa calificación a María Mercedes Molina, una joven que la desaparecida Liliana Galarza tuvo mientras se encontraba en cautiverio en el centro clandestino que funcionó en la Brigada de Investigaciones de La Plata y que fue devuelta a su familia poco antes que la mujer fuera asesinada.
De todos los casos ventilados en el debate, y que los fiscales detallaron ayer en su alegato, sólo Ana Libertad Baratti De la Cuadra y Clara Anahí Mariani permanecen apropiadas. De Ana Libertad se supo en el juicio que la joven nació en el centro clandestino comisaría 5ª de La Plata el 17 de julio de 1977, mientras su madre, Helena de La Cuadra, y su papá, Carlos Baratti, estaban detenidos allí. Clara Anahí, la nieta que Chicha Mariani –una de las fundadoras de Abuelas de Plaza de Mayo– todavía busca, fue robada luego que fuerzas conjuntas atacaran el 24 de noviembre de 1976 la casa de calle 30, entre 55 y 56, donde vivía con sus padres Diana Teruggi y Daniel Mariani. La bebé fue apropiada como botín luego de un feroz tiroteo y bombardeo a la vivienda en la que funcionaba una imprenta con que Montoneros imprimía su publicación Evita Montonera. La mamá de la beba fue asesinada en el operativo junto a otros cuatro militantes. Su padre fue asesinado un año más tarde en otro operativo.
Los fiscales continuaron con la parte dogmática de su alegato y circunscribieron los hechos en el ámbito del derecho internacional, que aseguraron, se ajusta a la calificación de genocidio y crímenes de lesa humanidad. "Vamos a proponerle al tribunal una acusación alternativa. La conducta de los acusados alcanza al delito de genocidio o en su caso de lesa humanidad", explicó Schapiro. El funcionario detalló que esa figura se corresponde con el marco que la dictadura configuró para perpetrar el terror, y explicaron que las acciones delictivas apuntaron "a la destrucción total o parcial de un grupo nacional", tal como prevé la Convención para la erradicación del genocidio, que en este caso fue construido como un grupo político designado por los perpetradores como "subversivos". «
El juicio por el Cirucito Camps entra en su etapa decisiva
Por Pablo Roesler
Corresponsal de Tiempo Argentino
Con la descripción del robo de seis bebés durante la dictadura, su desaparición forzada junto con otra beba nacida en cautiverio y el asesinato de cinco personas durante el ataque a la casa de la calle 30 donde funcionaba una imprenta de la organización política Montoneros, la fiscalía federal completó la calificación de los hechos en su alegato en el juicio por los crímenes cometidos en los centros clandestinos del Circuito Camps. La de ayer fue la tercera audiencia consecutiva que los fiscales federales utilizaron para alegar y se espera que culminen el martes próximo con los pedidos de pena para los 23 represores imputados.
"La separación de un niño de su familia constituye un menoscabo a su libertad", citó el fiscal Hernán Schapiro la Convención sobre los Derechos del Niño, durante el alegato que realizó junto al otro representante del ministerio público, Gerardo Fernández, en el juicio que el Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nº1 de La Plata realiza por los crímenes cometidos contra 280 víctimas.
Para circunscribir las apropiaciones, los fiscales se refirieron a la sentencia del 17 de septiembre pasado en la causa por el plan sistemático de robo de bebés, y calificaron como "una práctica generalizada y sistemática" a las apropiaciones de Ana Libertad Baratti De la Cuadra, Clara Anahí Mariani, Leonardo Fossatti, María Eugenia Gatica Caracoche, José Sabino Abdala y Pedro Nadal. Explicaron que esos hechos se inscriben en la figura de desaparición forzada de personas, por la continuidad que ese el delito tiene hasta la restitución de la verdadera identidad. También incluyeron en esa calificación a María Mercedes Molina, una joven que la desaparecida Liliana Galarza tuvo mientras se encontraba en cautiverio en el centro clandestino que funcionó en la Brigada de Investigaciones de La Plata y que fue devuelta a su familia poco antes que la mujer fuera asesinada.
De todos los casos ventilados en el debate, y que los fiscales detallaron ayer en su alegato, sólo Ana Libertad Baratti De la Cuadra y Clara Anahí Mariani permanecen apropiadas. De Ana Libertad se supo en el juicio que la joven nació en el centro clandestino comisaría 5ª de La Plata el 17 de julio de 1977, mientras su madre, Helena de La Cuadra, y su papá, Carlos Baratti, estaban detenidos allí. Clara Anahí, la nieta que Chicha Mariani –una de las fundadoras de Abuelas de Plaza de Mayo– todavía busca, fue robada luego que fuerzas conjuntas atacaran el 24 de noviembre de 1976 la casa de calle 30, entre 55 y 56, donde vivía con sus padres Diana Teruggi y Daniel Mariani. La bebé fue apropiada como botín luego de un feroz tiroteo y bombardeo a la vivienda en la que funcionaba una imprenta con que Montoneros imprimía su publicación Evita Montonera. La mamá de la beba fue asesinada en el operativo junto a otros cuatro militantes. Su padre fue asesinado un año más tarde en otro operativo.
Los fiscales continuaron con la parte dogmática de su alegato y circunscribieron los hechos en el ámbito del derecho internacional, que aseguraron, se ajusta a la calificación de genocidio y crímenes de lesa humanidad. "Vamos a proponerle al tribunal una acusación alternativa. La conducta de los acusados alcanza al delito de genocidio o en su caso de lesa humanidad", explicó Schapiro. El funcionario detalló que esa figura se corresponde con el marco que la dictadura configuró para perpetrar el terror, y explicaron que las acciones delictivas apuntaron "a la destrucción total o parcial de un grupo nacional", tal como prevé la Convención para la erradicación del genocidio, que en este caso fue construido como un grupo político designado por los perpetradores como "subversivos". «
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