martes, 7 de agosto de 2012

Inicio de los alegatos de las querellas - Para poder acusarlos por homicidio

En el caso de 26 de las 33 víctimas identificadas, reclaman que a los imputados, entre los que figuran Ibérico Saint Jean y Jaime Smart, se los juzgue por asesinato. El tribunal revocó la libertad del ex comisario mayor Fernando Svedas.

 Por Alejandra Dandan

La figura del homicidio es uno de los dilemas por los que atraviesan los juicios de lesa humanidad. En La Plata, las querellas empezaron a pedir ayer que la responsabilidad de los ejecutores de los crímenes de la dictadura no sólo sea considerada en términos de secuestros y tormentos sino también por el delito de homicidio. Este nombre, que viene a reemplazar lo que durante años estuvo sin posibilidades de ser nombrado, no alcanza a todas las víctimas sino a 33 personas sobre las que existen pruebas materiales del asesinato. Las pruebas son físicas en 26 casos identificados por el Equipo Argentino de Antropología; documentales cuando alguna instancia del Estado declaró el asesinato, como en el caso del llamado “grupo de los siete”, por los cuales el capellán Christian von Wernich fue condenado por homicidio. Y finalmente las identificaciones por rutinas de las fuerzas de seguridad. Ayer empezó la ronda de pedidos la querella de Justicia Ya! La fiscalía hará sus propios pedidos la semana próxima. Las acusaciones de ayer abren la posibilidad para condenas a perpetuas de 13 de los 26 acusados, entre ellos, Jaime Smart e Ibérico Saint Jean, gobernador y ministro de Gobierno. Los querellantes pidieron además prisión efectiva sin domiciliarias, salvo en los casos de salud, y que se revoquen las excarcelaciones hasta que se conozca el resultado del Tribunal para evitar próximas fugas. Allí estuvo puesta la tensión del final de la jornada. Luego de una larga deliberación de dos horas, el Tribunal Oral Federal No 1 revocó la excarcelación del ex comisario mayor Fernando Svedas y difirió el resto de las decisiones hasta el alegato de los fiscales.

“Aquí un testigo dijo refiriéndose a un amigo entrañable: su no vida, su no muerte, por lo que significa la desaparición forzada de personas”, dijo la abogada Guadalupe Godoy, de la querella de Justicia Ya! “El drama argentino no es la muerte de 30 mil personas, sino lo que genera la figura del desaparecido –explicó a este diario–, por eso nos parece que no se puede decir que están muertos, pero la figura de privación ilegal y los tormentos no refleja tampoco lo que pasó porque justamente falta el tramo de la desaparición.” En ese contexto, y en línea con las posturas de los organismos de derechos humanos que representa, explicó en el juicio que “conscientes de las abismales diferencias entre la desaparición forzada y los homicidios, sólo aceptamos que la figura de homicidio calificado se aplique exclusivamente a los casos en los que hubo hallazgos documentales, testimonios de sobrevivientes o la identificación de los restos de personas que permitan entonces salir de esa no muerte, propia de la desaparición”.

Entre las 33 víctimas por las que ellos pidieron la ampliación, 26 fueron identificadas por el EAAF en general luego de la elevación a juicio de la causa y desde que empezó el debate, como los casos de Ana Teresa Diego y Patricia Dillon. En la declaración de la semana pasada, los antropólogos acreditaron que la mayoría murió por fusilamientos y dos por vuelos de la muerte.

Fuera de estos casos, hay otros tres grupos de víctimas cuyos asesinatos para la querella están sostenidos por otro tipo de pruebas. El llamado grupo de los siete, que son los secuestrados que estuvieron alojados en la Brigada de Investigaciones de La Plata y por los cuales Von Wernich gestionó ante sus familias la entrega de dinero para sacarlos del país. A Von Wernich lo condenaron por homicidio en esos casos, un fallo del Tribunal Oral Federal de La Plata que también estuvo presidido por Carlos Rozanski y que es la base documental para sostener esta nueva acusación. Svedas está acusado por estas causas.

Otro caso es el de Jorge Rubinstein, abogado del grupo Graiver, secuestrado, torturado y asesinado en Puesto Vasco. El caso de Rubinstein ya había sido juzgado en la causa 44/85, pero los jueces descartaron el asesinato porque consideraron que no había prueba suficiente. Por eso éste es uno de los desafíos jurídicos del juicio. En ese momento, la Cámara consideró sólo el testimonio de Lidia Papaleo, pero dijo que no era suficiente. Lidia contó que lo había escuchado cuando lo torturaron, que luego hubo un silencio y sintió el momento en el que arrastraban el cuerpo. En el juicio actual declaró Isidoro Graiver, que relató la misma escena y agregó que el cambista Francisco Fernández Bernárdez, que estaba secuestrado, espió el cuerpo a través de la mirilla de la celda y vio cómo lo arrastraban después de la tortura. Pese a que hay semejanzas con el caso, por ejemplo de Raimundo Villaflor, muerto durante las torturas en la ESMA y sobre el que el Tribunal de ese juicio ESMA declaró y condenó por homicidio, en este caso el fallo de 1985 podría ser considerado un obstáculo si el Tribunal entiende que el hecho ya fue juzgado. Por este caso están pidiendo la acusación de Saint Jean y Smart, que está en prisión domiciliaria y nunca pasó un día en la cárcel.

El tercer grupo de casos es el de Guillermo Abel Amarza, llamado “legajo cadáver”: su muerte está probada a partir de una ficha que elaboró la policía en la vía pública, en la que están sus huellas dactilares pero se lo identificó con otro nombre.

Los acusados del juicio son 26, de los cuales sólo 3 están imputados por homicidio: son los que llegaron por los crímenes de la calle 30, donde acribillaron a cinco militantes, y robaron a Clara Anahí, la nieta de Chicha Mariani. Son Miguel Etchecolatz, su ex chofer Hugo Guayama y Carlos “El Oso” García. El resto está acusado por secuestros y tormentos. La mayoría está con prisión domiciliaria, que Chicha Mariani define como “es lo mismo que estar en sus casas”. En algunos casos lo están por razones de salud. Tres están excarcelados. Por el pedido de homicidio, que es un delito no excarcelable, las querellas quedan habilitadas a pedir las detenciones efectivas en todos los casos, como sucedió ayer. Guadalupe Godoy indicó que esa medida debía cumplirse de modo inmediato y de forma preventiva, hasta que el Tribunal resuelva la ampliación por las posibilidades de la fuga. Las querellas acompañaron el pedido. La fiscalía pidió un cuarto intermedio y luego dijo que le parecía “procedente”. Hablaron las defensas. El Tribunal se retiró a deliberar dos horas. Finalmente resolvieron revocar la excarcelación de Svedas y difirieron el resto de las decisiones hasta el alegato de los fiscales. Carlos Rozanski votó en minoría por las detenciones.

Por cuestiones de garantías del proceso, las causas suelen llegar a juicio oral con acusados que saben que están imputados por determinada cantidad de delitos. En muchos casos, la acusación por homicidio no se hace pese a la existencia de la prueba. Hay jueces, y en La Plata también fiscales, que siguieron un criterio que se repite en ámbitos como el Primer Cuerpo de la Capital Federal. Según ese criterio, técnicamente no pueden saber si a una persona la asesinaron inmediatamente a la salida del centro clandestino por el que están siendo juzgados los responsables, o si tras la salida pasó por otro lado. Lo que ahora cada juicio pone en discusión es la certeza de ese criterio. Por un lado, las querellas y algunos fiscales sostienen lecturas como la “línea de continuidad”, que implica que todo es parte de un mismo hecho, y no importa el momento de la muerte sino que cada imputado es pieza de un crimen en el que cada uno aportó su parte. Por otro lado, hay avances técnicos del EAAF, como demostraron los antropólogos en la declaración de la semana pasada, porque cuentan con la posibilidad de datar las fechas en las que las víctimas pudieron haber sido asesinadas.

Lo que pasó en La Plata cabalga en ese escenario. “Durante la instrucción, las querellas habíamos solicitado reiteradamente que se impute el homicidio en los casos en los que se habían identificado los cuerpos”, dice Godoy. “El caso paradigmático es el de María Adela Garín, identificada en la década de los ’90, pero nunca se logró una imputación fiscal y por criterios del juzgado de Arnaldo Corazza no se admitió esa ampliación si sólo era pedida por las querellas. Así llegamos a la instancia del juicio oral con identificaciones de Mónica Santucho y Héctor Carlos Baratti, por ejemplo, pero sin la acusación por sus homicidios.”

En ese escenario, los pedidos vuelven a realizarse ahora que está promediando el debate. Durante estos meses quedó perfeccionada la prueba que había, se conocieron nuevas circunstancias y más información sobre los crímenes y la relación con los acusados. Esa es otra de las razones que habilita la ampliación.

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